La Cámara de Diputados aprobó con 242 votos a favor, siete en contra y cinco abstenciones el dictamen de la llamada Ley Negrón para que la Tesorería de la Federación atraiga los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar en el que se previan 33 mil millones de pesos en recursos con los que también se daba atención a gastos catastróficos (enfermedades crónicodegenerativas, como cáncer y diabetes, entre otras).
La mayoría legislativa dio el sí en lo general y en lo particular de las modificaciones al artículo 77 Bis de la Ley General de Salud, aunque diputados de la oposición presentó propuestas para hacer cambios específicos a lo aprobado.
El morenista Iván Pérez Negrón fue el promovente de la iniciativa que fue discutida en tres ocasiones previas, por lo que fue en el cuarto intento cuando la bancada que coordina Mario Delgado logro la aprobación de una propuesta del propio jefe del Ejecutivo.
Pérez Negrón argumentó que estas modificaciones son necesarias para la atención a la pandemia por el virus SARS-CoV-2, y claramente para la compra de la vacuna contra COVID-19.
Para Movimiento Ciudadano, las modificaciones no eran necesarias para garantizar los recursos a la compra de la vacuna.
Tonatiuh Bravo Padilla, coordinador de los legisladores emecistas, señaló: «Hoy Morena quitó recursos a la salud de los más desfavorecidos. A niñas y niños con cáncer y otros enfermos sin seguridad social. Movimiento Ciudadano rechaza eliminar el Fondo de Salud para el Bienestar, al atentar contra la atención de enfermedades que generan gastos catastróficos, por ser una medida unilateral ajena a las necesidades en las entidades y por no cumplir en etiquetar dichos recursos para una posible vacuna Covid-19», expuso.
Dijo que actualmente más de 60 enfermedades que generan gastos catastróficos son tratadas con este fondo, destinado para generar infraestructura para el cuidado a la salud en las entidades con mayor rezago, así como atención y medicamentos gratuitos para las y los mexicanos, sin excepción.
El PRD advirtió que queda el recurso, pero de la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra las dos reformas al artículo 77 Bis de la Ley General de Salud.